Ficha del procedimiento
CÓDIGO DEL PROCEDIMIENTO:
1411.PA01
DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO:
Ayudas a Proyectos de Cooperación al Desarrollo a través de personas jurídicas y entidades sin ánimo de lucro (2012)
CONSEJERIA:
Cooperación Institucional y Solidaridad
SERVICIO:
Solidaridad Internacional
Normativa Aplicable:
Objeto del procedimiento:
El objeto de la presente convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, en el ejercicio 2012, de ayudas para proyectos de solidaridad y cooperación al desarrollo social y económico en los países empobrecidos a través de personas jurídicas y entidades sin animo de lucro, cuyo objeto social principal sea el de la Cooperación al Desarrollo tales como ONGD, congregaciones religiosas, fundaciones, y similares (art. 2 de la convocatoria).
Requisitos para el inicio o trámite del procedimiento:
Podrán acceder a los beneficios contenidos en el presente Titulo las personas jurídicas que cumplan los siguientes requisitos (art. 4.1. de la Convocatoria):
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Podrá optar a esta subvención cualquier entidad sin ánimo de lucro, que, de conformidad con el artículo 2 deseen desarrollar proyectos de solidaridad y cooperación al desarrollo social y económico en los países empobrecidos.
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Dicha entidad deberá estar inscrita formalmente en el registro administrativo que corresponda con más de un año de antelación a la fecha de publicación de la presente convocatoria.
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Que la entidad tenga actividad y presencia en Gran Canaria y/o en la Comunidad Autónoma de Canarias. Las excepciones deberán estar debidamente justificadas.
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No podrán ser sujetos perceptores de subvención insular aquéllos que tengan pendiente de justificación alguna ayuda recibida anteriormente del Cabildo de Gran Canaria.
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Tampoco podrán ser beneficiarios de subvención aquéllos sujetos que no se hallen al corriente de sus obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social.
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Las personas jurídicas deberán indicar expresamente en sus Estatutos que entre sus objetivos se encuentran la realización de proyectos orientados al desarrollo social y económico de países empobrecidos o demostrar con documentación fehaciente que la asociación actúa de forma continuada en este ámbito.
Las entidades que deseen acogerse a las ayudas previstas en la presente Convocatoria deberán presentar la solicitud en instancia normalizada, según modelos que se adjuntan en la misma (PRECEPTIVA LA CUMPLIMENTACION DE LOS CINCO MODELOS ANEXOS ESTABLECIDOS), debiendo acompañar la documentación que se especifica en el artículo 11 de la convocatoria.
Relación de documentación necesaria para el inicio o tramitación del procedimiento:
Lugar de presentación de la solicitud y documentación:
Registro General de la Corporación (C/ Bravo Murillo nº 23 accediendo por la C/ Pérez Galdós. Planta baja, Las Palmas de Gran Canaria) o en cualquiera de los Registros Desconcentrados de las Agencias de Extensión Agraria del Cabildo (ver abajo) y demás lugares previstos en el art. 38.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, que son:
En los Registros de los Órganos Administrativos a que se dirijan.
En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las Entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, hubiese suscrito el oportuno convenio.
En las oficinas de Correos en la forma que reglamentariamente se establezca.
En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
En los siguiente Registros Desconcentrados:
Granja Agrícola: Carretera General del Norte Km 7.2, Cardones, Arucas.
Agencia de Extensión Agraria de Santa Brígida: C/ Circunvalación 14.
Agencia de Extensión Agraria de Teror: Avenida del Cabildo Insular 151-B.
Agencia de Extensión Agraria de Telde: C/ León y Castillo 8
Agencia de Extensión Agraria de Sardina del Sur: C/ Princesa Guayar mina 1, Sta. Lucía de Tirajana.
Agencia de Extensión Agraria de La Aldea de San Nicolás: C/ Federico Rodríguez Gil 14.
Agencia de Extensión Agraria de Gáldar: C/ Facaracas, nº9, bajo
Plazo de presentación de la solicitud y documentación:
El plazo de presentación de las solicitudes, se abrirá el día siguiente al de la publicación de esta Ordenanza en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas y finalizará a los cuarenta y cinco días naturales a la publicación del mismo. (art. 12 de la Convocatoria)
Fecha de inicio de entrega de documentación:
A partir del 9 de junio de 2012
Fecha de finalización de entrega de documentación:
El día 23 de julio de 2012
Seguimiento de la convocatoria
Acceda a toda la documentación publicada sobre la convocatoria (anuncio, notificaciones, resoluciones, etc).
Plazo de Resolución:
El plazo máximo para resolver no podrá exceder de TRES (3) MESES, a contar desde el día siguiente al de finalización del plazo para presentar instancias, resolución que será publicada en la OFICINA DE INFORMACION Y ATENCION AL CIUDADANO, Casa Palacio, C/ Bravo Murillo, 23 de Las Palmas de Gran Canaria, así como en la pagina web del Cabildo de Gran Canaria, (www.grancanaria.com), art. 10.2 de la convocatoria.
Órgano Inicio:
Consejería de Empleo, Cooperación Institucional y Solidaridad Internacional (art. 10.2 de la Convocatoria)
Órgano Resolución:
Consejería de Empleo, Cooperación Institucional y Solidaridad Internacional (art. 10.2 de la Convocatoria)
Recursos:
Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de UN (1) MES contado a partir del día siguiente a la notificación o publicación, si el acto fuera expreso; o TRES (3) MESES a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto, conforme a lo establecido en el art. 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
En el caso de las Administraciones Públicas, en lugar del indicado Recurso Administrativo aludido en el párrafo anterior, aquéllas podrán formular, ante el mismo Órgano indicado anteriormente y en el plazo de DOS (2) MESES, el Requerimiento Previo a que hace referencia el artículo 44 de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y en su defecto, en el mismo plazo, interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria.
Recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional en el plazo de DOS (2) MESES contados desde el día siguiente a la notificación o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso; si no lo fuera, el plazo será de seis meses y se contará a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto; según dispone el art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Observaciones:
Los proyectos que concurran a la Convocatoria y que incluyan en su contenido, en un solo proyecto, operaciones corrientes y operaciones de capital que creen infraestructura o elementos patrimoniales, solo serán financiadas en el supuesto de concesión, por una sola de las partidas (de gastos corrientes o de capital), considerándose como no puesta a la parte desestimada (art. 3.2. de la convocatoria).La cuantía de las ayudas reguladas en esta convocatoria de 2012 es de 321.000 euros (71.000 para operaciones corrientes y 250-000 euros para operaciones de capital que creen infraestructura o elementos patrimoniales
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